Incapacidades laborales
Durante nuestra vida laboral, adquirimos conocimientos y habilidades personales que nos capacitan para llevar a cabo las tareas propias de uno o varios puestos de trabajo. Esta competencia profesional, por circunstancias de la vida, puede verse limitada hasta el punto de incapacitarnos profesionalmente.
¿Qué ofrecemos en Gómez Barroso Abogados?
Analizamos tu caso en profundidad y te orientamos sobre las opciones legales más adecuadas, con un enfoque claro y realista desde el primer momento.
Actuamos con firmeza frente a aseguradoras, empresas o administraciones, buscando siempre la mejor solución para tus intereses, ya sea por vía extrajudicial o judicial.
Nos encargamos de todo el proceso: desde el estudio inicial hasta la resolución final del caso, acompañándote en cada fase con rigor técnico y atención personalizada.
¿Qué períodos de cotización son necesarios para optar a la pensión de incapacidad permanente en el Régimen General?
Para el caso de que la incapacidad provenga de un accidente (tanto no laboral como laboral) o de enfermedad profesional, no se exige cotizaciones previas al hecho causante.
Un total de 1.800 días de cotización dentro de los 10 años anteriores a la fecha en la que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que deriva la incapacidad permanente.
- Si es menor de 31 años: La tercera parte del tiempo acontecido desde que cumplió los 16 años, hasta la fecha del hecho causante.
- Si tiene 31 años o más: a) Un cuarto del período acontecido desde que cumplió los 20 años de edad, hasta la fecha del hecho causante (existiendo un mínimo de 5 años). b) Un quinto del tiempo de cotización exigible debe estar comprendido en los últimos 10 años anteriores al hecho causante (A excepción del algún supuesto donde se tendrá en cuenta otra fecha de partida para el cómputo de los 10 años anteriores)
¿Qué grados de incapacidad permanente existen?
Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual
Causan al trabajador una disminución igual o superior al 33% en el rendimiento para su trabajo habitual.
Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual
Incapacitan al trabajador para la realización de su profesión habitual,
Incapacidad Absoluta para todo trabajo
Inhabilita para toda profesión al trabajador.
Gran Invalidez:
Cuando necesita la asistencia de una tercera persona para los actos más esenciales y elementales de la vida.
Lesiones Permanentes no Invalidantes
Se trata de lesiones, deformidades o mutilaciones que suponen una disminución de la integridad física del trabajador causadas por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, pero que no alcanzan una incapacidad permanente. Estas lesiones llevan aparejada una indemnización a tanto alzado reconocida por la Seguridad Social.
Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual
Causan al trabajador una disminución igual o superior al 33% en el rendimiento para su trabajo habitual.
Resultados reales que avalan nuestro trabajo
Conoce algunos de los casos en los que hemos ayudado a nuestros clientes a obtener la indemnización o solución que les correspondía.